jubilación con libertad de trabajo

INTRUMENTAR EL TRABAJO DE LOS JUBILADOS

Todas las personas a partir de alcanzar su mayoría de edad tienen derecho al trabajo en todas sus formas y a no ser discriminadas por su edad en oportunidades y trato laboral.

Las personas que reciban prestaciones jubilatorias generadas legítimamente, no podrán ser sancionadas con la suspensión del pago de las mismas, por causa de estar trabajando.

MECANISMO PARA REGULAR LA ACTIVIDAD LABORAL DE LOS JUBILADOS

Las personas que reciban prestaciones del BPS por concepto de jubilación quedan autorizadas a Trabajar en forma independiente de la siguiente forma

Crease el Monotributo BPS para producción y/o comercialización de productos o servicios destinados al consumidor final.

No quedan habilitados a proveer a las instituciones del Estado

El tope de venta anual autorizado será igual al establecido para las empresas literal E

Estos monotributistas aportaran al BPS los conceptos y porcentajes definidos como de solidaridad intergeneracional y no generaran nuevos derechos jubilatorios

Estos monotributistas aportaran indirectamente a DGI el IVA compras como unica obligacion generada.

Los monotributistas BPS podrán contratar hasta 3 personas dependientes por las cuales asumiran las obligaciones correspondientes de cualquier empleador.

El monotributista BPS podra individualmente o asociado a otros del mismo tenor, solicitar autorizacion para contratar el suministro de productos o servicios a empresas de la siguiente manera

La empresa contratante no habra enviado a seguro de paro o despedido a personal en los ultimos 365 dias previos a la solicitud.

La solicitud se efectivizara ante el BPS presentando el contrato acordado entre las partes.

El BPS reglamentara las condiciones de forma, plazo y precio en las que autoriza a monotributistas BPS a desarrollar estos contratos.

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